El siglo XVIII conocido como de “la Ilustración o de las Luces” por el desarrollo de las ciencias, las artes y de las ideas, el creciente flujo comercial trasatlántico, la Independencia de los Estados Unidos de América y la Revolución Francesa cambiaron al mundo desde entonces inaugurando la “Era Contemporánea” en la que aun vivimos. Bajo ese dinámico contexto se gesta en esta parte de América del Sur un proceso que contribuirá al desenvolvimiento político, económico y social de un territorio perteneciente a la Corona de España, nos referimos a la creación de la Capitanía General de Venezuela en 1777.
Antes del año 1777 el nombre de Venezuela no abarcaba todo el territorio que hoy conocemos como tal, a pesar de ser uno de los más antiguos existentes en el continente (aparece en el mapa de Juan de la Cosa realizado en el año 1500), sino que sólo se circunscribía a la zona hoy conocida como el golfo de Venezuela, que luego a partir de 1528 con la creación de la Provincia de Venezuela se hablará de una región más extensa que será muy posteriormente el eje unificador con respecto a las otras provincias, y que dará nombre no solo a la Capitanía General sino que a partir de 1811, a la República hasta la actualidad.
El proceso unificador será largo y complejo, pero fue durante el siglo XVIII cuando ocurre un impulso decidido y decisivo al mismo a través de las denominadas “reformas borbónicas”, que a su vez contribuirán al desarrollo económico, social y político de todas las provincias que constituirán la Capitanía General de Venezuela. Ejemplo de ello, como paso previo a dicha unificación tenemos la creación entre 1721- 1725 de la Universidad de Caracas (actual Universidad Central de Venezuela), en 1728 se crea la Compañía Guipuzcoana que se encargará de monopolizar el comercio del cacao y otros productos, así como también combatir el contrabando para lo cual se le otorgó una amplia jurisdicción para ejercer estas funciones; para el año 1776 es cuando inicia propiamente dicho el proceso integrador de la nación al crearse la Intendencia de Ejército y Real Hacienda siendo sus atribuciones: El desarrollo de la economía, la unificación fiscal, organizar las rentas e impuestos, el poblamiento e incorporación de nuevas tierras agrícolas, fomentar el comercio, la provisión de recursos para la defensa, entre otros asuntos; el ámbito de su competencia incluyó a la provincias que un año después formarían la Capitanía General.
Por medio de una Real Cédula, el cual era una orden expedida por el Rey de España cuyo contenido resolvía algún conflicto de relevancia jurídica, creaba alguna institución, nombraba algún cargo real, u ordenaba alguna acción concreta y que fueron usadas principalmente en los dominios españoles de ultramar; el 8 de septiembre de 1777 el Rey Carlos III de España crea la Capitanía General de Venezuela al disponer que las Provincias de Caracas, Cumaná, Guayana, Maracaibo, Margarita y Trinidad se agregaran en lo gubernativo y militar a la Gobernación y Capitanía General de Caracas ( también llamada de Venezuela), con la misión de ejercer el mando en nombre del Rey en este extenso territorio fue nombrado Don Luis de Unzaga y Amézaga como el primer Capitán General de Venezuela, esta vez en toda la extensión geográfica de la actual Venezuela, y aún más allá si se incluyen los territorios perdidos desde 1797. A partir de ese día 8 de septiembre, las provincias mencionadas que en muchos aspectos funcionaron separadamente se unieron bajo una sola autoridad ya que el Capitán General emanaba órdenes desde Caracas que se cumplían con uniformidad en Mérida, Valencia, Carúpano, Barcelona, Coro, La Asunción o Angostura ( actual Ciudad Bolívar) por ejemplo. La extensión territorial original de la Capitanía General de Venezuela era de aproximadamente 1.500.000 km2, con alrededor de un millón de habitantes.
La creación de la Capitanía General de Venezuela es considerada como la verdadera base de la integración nacional, la génesis de nuestra territorialidad como país, el origen del “ Uti Possidetis Juris” y la consolidación de Caracas como capital ( que sumaba unos 45 mil habitantes en 1810). En tal sentido vemos que en las Constituciones de Venezuela constantemente se ha hecho referencia con algunos cambios a lo largo del tiempo, a la Capitanía General de Venezuela creada en 1777 como la principal institución en la conformación territorial del Estado venezolano (que además es uno de los elementos esenciales para su existencia) debido a su carácter político gubernativo y militar que en aquella época era lo primordial en las acciones o atribuciones de un Imperio o Estado. El concepto de Uti Possidetis Juris ( traducido del latín, como poseías seguirás poseyendo de acuerdo al Derecho) es una variación del Derecho Romano e igualmente también de cómo lo concebía la Corona española porque ésta relacionaba el territorio y sus límites con la provincia, creada por medio de Real Cedula junto a otros actos administrativos constituyendo así los títulos jurídicos de propiedad territorial y no con los virreinatos, capitanías generales y audiencias que eran la sumatoria de provincias, evitando así la posibilidad de que haya “Terra nullius” o “Tierra de nadie”; con Simón Bolívar fundamentalmente se vincula lo territorial y sus límites con estas grandes unidades administrativas coloniales para la estructuración de los nuevos Estados herederos de la colonia española; de manera que solamente el documento jurídico oficial es el que tiene valor legal para ser reconocido como título de soberanía sobre determinado territorio o región.
Hay que mencionar la contrapartida, llamado por algunos ” Uti Possidetis de Facto”, referido al derecho que tiene un Estado sobre la soberanía de un territorio que controla en la práctica, en los hechos por medio de la ocupación efectiva, por ejemplo la porción de aproximadamente 5000 km2 que conforma el triángulo Moruca – Pomerún – Esequibo ocupada por los holandeses en la época y después por los ingleses ( aunque de forma precaria). Bajo este concepto se desarrolló el activo colonialismo europeo durante el siglo XIX y parte del XX, especialmente en África y Asia aunque en menor medida en América, la progresiva apropiación inglesa de territorio venezolano en la región Guayana se fundamentó en la posesión de facto.
Desde el punto de vista territorial la Capitanía General de Venezuela tuvo algunas modificaciones importantes como la creación de la Comandancia de Barinas en 1786 ( que es de carácter interno dado que fue segregada de la Provincia de Maracaibo, comprendiendo los actuales estados Barinas, Apure y parte de los llanos colombianos, la Comandancia fue importante porque resolvió un viejo litigio interprovincial de Caracas y Maracaibo en los llanos además de plantear la frontera llanera con el Virreinato de Santa Fe de Bogotá, el cargo de comandante incluía la jurisdicción político-militar, eclesiástico a través del Patronato Real, hacendístico y algunos más, también se le otorgó libertad de comerciar con la Provincia de Guayana) , y la pérdida a manos de los ingleses de la Provincia insular de Trinidad en 1797 “de facto”, para perderla definitivamente “de iure” cinco años después con el Tratado de Amiens.
También fueron creados en el territorio de la Capitanía General otras instituciones con indudable vocación integradora como: La Real Audiencia de Caracas en 1786 con atribuciones judiciales y de asesoría general al gobierno colonial, el Real Consulado en 1793 con la misión de resolver pleitos mercantiles, promover el comercio, la agricultura e industria, mejorar o construir las vías de comunicación, etc., y el Arzobispado de Caracas entre 1803 y 1804 que unificó a la Iglesia Católica en Venezuela al darle primacía a Caracas cuyo Obispado se creó en el siglo XVI pero situándose originalmente en Coro, siendo trasladado a la ahora capital de Venezuela a mediados del siglo siguiente; con la creación del Arzobispado asume bajo su control inmediato a los Obispados de Mérida (creado en 1777) y Guayana ( erigido en 1790).
Otra reflexión al respecto y que también vale como aclaratoria, el año base tomado en consideración para establecer legalmente los límites de Venezuela según la Capitanía General es 1810, dado que en ese momento inicia el proceso de independencia, se toma en cuenta el status de dicha institución colonial para el momento de la ruptura con la metrópoli; por ejemplo en 1777 la Provincia insular de Trinidad es parte integrante de la Capitanía General pero en 1810 ya no lo será como se señaló antes, o que en 1777 no aparece la Comandancia de Barinas dado que su territorio estaba repartido en otras provincias, pero desde 1786 aparece como modificación territorial interna mas no de inclusión de nuevos territorios a la CGV.
Según el historiador Caracciolo Parra Pérez en su esencial obra Historia de la Primera República de Venezuela, afirma que el tráfico comercial lícito e ilegal rondaba los 10 millones de pesos españoles de la época, los impuestos producían alrededor de 2 millones trescientos mil pesos, el estanco de tabaco un promedio de 700.000 pesos que se manejaba aparte; el Arzobispo de Caracas recibía 40 mil pesos anuales, 18 mil el Capitán General, los funcionarios de alto nivel de la Audiencia sumaban 23.300 pesos, y junto con otros autores afirma la situación de prosperidad en Venezuela en los años previos a la Revolución emancipadora que comienza en 1810.
Es llamativo que dicho proceso unificador y centralizador que fueron las “reformas borbónicas “ realizada en la Capitanía General de Venezuela en 1777, era una manera de perfeccionar o concentrar el gobierno de dicho territorio que en muchos aspectos estuvo vinculado hasta ese entonces a varias jurisdicciones como el Virreinato de Nueva Granada con capital en Santa Fe de Bogotá erigido definitivamente en 1739, a la Audiencia de Santo Domingo o el Obispado de Puerto Rico.
Para comprender mejor la extensión del espacio geográfico de la Capitanía General de Venezuela, extraigo una frase de la obra “Historia de las Fronteras de Venezuela” publicada en 1989 y que fue escrita por Manuel Donís Ríos y Hermann González Oropeza:
“ Para 1777, el nombre mítico de Venezuela traspone el Orinoco, bebe aguas del fabuloso Amazonas, se encarama en las cumbres andinas, desciende desde ellas a los pujantes llanos de Barinas, recupera todo el Lago de Maracaibo y su cuenca, cobija la Nueva Andalucía cumanesa en sus cumbres y llanos, sobrepasa el Delta para incorporar al Esequibo, se afinca en la perla de Margarita y reafirma su presencia marinera en el cordón insular que bordea a toda la costa desde la isla de Trinidad hasta más allá del archipiélago de Los Monjes.”
Como reflexión final, sería positivo considerar el 8 de septiembre como el día de la integración de Venezuela teniéndola como una efeméride, para que los venezolanos tengamos mayor conocimiento y consciencia de nuestro patrimonio territorial, que está en riesgo al tener varios problemas fronterizos, territoriales y de soberanía no resueltos en los 4 puntos cardinales del país.
ANEXO
Real Cédula de Creación de la Capitanía General de Venezuela, fechado 8 de septiembre de 1777, hecha por el Rey Carlos III de España.
“El Rey.
Por cuanto teniendo presente lo que me han representado el actual Virrey Gobernador, y Capitán General del Nuevo Reino de Granada, y los Gobernadores de las Provincias de Guayana y Maracaibo acerca de los inconvenientes que produce el que las indicadas provincias tanto como la de Cumaná, e islas de Margarita y Trinidad sigan unidas como al presente lo están al Virreinato y Capitanía General del indicado Nuevo Reino de Granada por la distancia en que se hallan de su Capital Santa Fe [ Bogotá ], siguiéndose por consecuencia el retardo en las providencias con graves perjuicios de mi Real Servicio. Por tanto para evitar estos, y los mayores que se ocasionarían en el caso de una invasión, he tenido a bien resolver la absoluta separación de las mencionadas Provincias de Cumaná, Guayana, Maracaibo, e islas de Trinidad y Margarita del Virreinato, y Capitanía General del Nuevo Reino de Granada, y agregarlas en lo gubernativo, y militar a la Capitanía General de Venezuela, del mismo modo que lo están, por lo respectivo al manejo de mi Real Hacienda, a la nueva Intendencia erigida en dicha Provincia y Ciudad de Caracas su capital.
Así mismo he resultado separar en lo jurídico de la Audiencia de Santa Fe, y agregar a la primitiva [Real Audiencia] de Santo Domingo las dos expresadas Provincias de Maracaibo y Guayana, como lo está la de Cumaná, y las islas de Margarita y Trinidad para que hallándose estos territorios bajo una misma Audiencia, un Capitán General, y un Intendente inmediato, sean mejor regidos y gobernados con mayor utilidad de mi Real Servicio. En consecuencia mando al Virrey, y a la Audiencia de Santa Fe, se inhiban y se abstengan del conocimiento de los respectivos asuntos que les tocaba antes de la separación que va insinuada, y los Gobernadores de las Provincias de Cumaná, Guayana, Maracaibo e Islas de Margarita y Trinidad que obedezcan como a su Capitán General al que hoy es, y en adelante lo fuere de la Provincia de Venezuela, y cumplan las ordenes que en asuntos de mi real servicio les comunicare en todo lo gubernativo y militar; y que así mismo den cumplimiento los Gobernadores de las Provincias de Maracaibo y Guayana a las provisiones que en lo sucesivo despachare mi Real Audiencia de Santo Domingo, admitiendo para ante ellas las apelaciones que se interpusieren según y en la forma que lo han hecho o debido hacer para ante la de Santa Fe, que así es mi voluntad.
Dada en San Ildefonso a ocho de septiembre de mil setecientos setenta y siete.
Yo el Rey [ Carlos III].”
Es la verdadera fecha de nacimiento de Venezuela como entidad politico-territorial. Venezuela es creacion de España, es hija de España. Engendrada en 1498, nacida en 1777 y emancipada en 1830.
Felicitaciones. Excelente información y formato de exposición.